Del memorial del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación se extrae el siguiente motivo:
El recurrente alega que el Auto de Vista impugnado incurrió en incongruencia omisiva al omitir pronunciarse sobre su alzada en lo referente a que la Sentencia incurre en las causales del art. 370 incs. 3) y 5) del Código de Procedimiento Penal (CPP), ya que el Tribunal de alzada mediante evasivas e incongruencias se limitó a resumir los hechos llegando a modificarlos a los descritos en sus agravios, puesto que afirma que fue condenado por el delito de violación sin que exista en el juicio la declaración de la víctima; empero, la declaración entrevista de la presunta víctima (MP2) que es anterior al inicio de la investigación; es decir, sin control jurisdiccional, fue la prueba que es utilizada para sustentar su condena, no obstante que en esa entrevista no se declaró si hubo o no acceso carnal o penetración y si bien la menor indica que hubo relación sexual no lo efectúa en esos términos, tampoco precisó el año del hecho, aspectos que fueron denunciados dice en su alzada y que no fueron resueltos por el Tribunal de apelación incurriendo de esa manera en incongruencia omisiva que constituye un defecto absoluto [art. 169 inc. 3) del CPP], pretendiendo a través de la cita del Auto Supremo 438 de 15 de octubre de 2005, afianzar la ilegal decisión del Tribunal de Sentencia sin existir prueba y obviando que los juzgadores se deben a los principios de probidad, imparcialidad, independencia, verdad material, etc
- Por memorial presentado el 8 de mayo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 28 de abril de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
- El art
- existe contradicción cuando en una situación de hecho similar, el sentido jurídico que se asigna
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con última Resolución
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
