Por memorial presentado el 14 de febrero de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 569/2017-RA
Sucre, 10 de agosto de 2017
Expediente: Santa Cruz 64/2017
Parte Acusadora: Carlos Suarez
Parte Imputada: Ernesto Esteban Aguirre Gil
Delito: Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de febrero de 2017, cursante de fs. 229 a 231, Ernesto Esteban Aguirre Gil, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 03 de 3 de enero de 2017, de fs. 209 a 213, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Carlos Suarez contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 569/2017-RA
Sucre, 10 de agosto de 2017
Expediente: Santa Cruz 64/2017
Parte Acusadora: Carlos Suarez
Parte Imputada: Ernesto Esteban Aguirre Gil
Delito: Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de febrero de 2017, cursante de fs. 229 a 231, Ernesto Esteban Aguirre Gil, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 03 de 3 de enero de 2017, de fs. 209 a 213, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Carlos Suarez contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 14 de febrero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 7 de febrero de 2017 (fs
- De la revisión del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- deberán ser expuestos de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte, que el recurrente fue notificado con el Auto
- El recurrente, alega defectos de sentencia de acuerdo al art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
