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    Auto Supremo AS/0633/2017-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0633/2017-RA

    Fecha: 24-Ago-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 19 y 24 de mayo de 2017, el Gobierno Autónomo
    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Luis René Vargas Ayllón interpuso recurso de apelación restringida
    • a)Por diligencias de 17 y 18 de mayo de 2017 (fs
    • De los memoriales de los recursos de casación se extraen los siguientes motivos
    • Señala que en la Resolución ahora impugnada, no existe fundamentación y motivación, haciendo alusión a
    • Alega que ni durante el juicio, menos en audiencia de apelación, fue presentado prueba alguna
    • Haciendo referencia en un subtítulo, al derecho de obtener una resolución fundada, congruente, justa y
    • II.2. Del recurso de casación del Ministerio Público
    • referencia a la certificación de cargos pendientes emitida por el Jefe de la Unidad de
    • Refiriendo una parte de la Resolución ahora impugnada, la parte recurrente señala que el Auto
    • Invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 355/2014-RRC de 30 de julio, 304/2012-RRC de 23
    • Alega que la falta de fundamentación, implica la violación de los arts
    • Señala que al evidenciarse con meridiana claridad la carencia de fundamentación suficiente y precisa sobre
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos, se constata que los recurrentes fueron notificados con la última
    • IV.1. Del recurso de casación del Gobierno Autónomo Departamental de Pando
    • La parte recurrente señala que el Tribunal de apelación, sin la debida fundamentación ni motivación
    • No obstante lo señalado, no se puede soslayar que el recurrente a tiempo de denunciar
    • necesaria que permita establecer a este Tribunal de qué forma, el Auto de Vista recurrido,
    • IV.2. Del recurso de casación del Ministerio Público
    • La parte recurrente señala que el Auto de Vista impugnado no realizó ninguna fundamentación o
    • De donde resulta que la explicación precedente, siendo clara y precisa respecto a la supuesta
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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