Auto Supremo AS/0633/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0633/2017-RA

Fecha: 24-Ago-2017

No obstante lo señalado, no se puede soslayar que el recurrente a tiempo de denunciar


No obstante lo señalado, no se puede soslayar que el recurrente a tiempo de denunciar la insuficiente fundamentación del Auto de Vista en cuanto a la aplicación errónea de la ley sustantiva, debido a que no habría señalado cómo se aplicó o de qué forma erróneamente la ley sustantiva, de modo tal que dicho o Tribunal haya llegado a la conclusión que no existió el delito de Peculado, además denuncia que la referida fundamentación sesgada, que no observa el art. 124 del CPP, lesionó el debido proceso y le dejó en total incertidumbre, causándole defecto absoluto e inseguridad jurídica, estableciendo como resultado dañoso la absolución del imputado con relación al delito de Peculado, no obstante que la Sentencia lo condenó por dicho tipo penal, constituyendo dichos argumentos suficientes para el análisis excepcional del motivo de casación, en aplicación de los principios de flexibilización, resultando admisible