Por memorial presentado el 17 de mayo de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 658/2017-RA
Sucre, 31 de agosto de 2017
Expediente: La Paz 51/2017
Parte Acusadora: Jaime Renán López Azurduy
Parte Imputada: Katty Loretta Viricochea Ríos
Delitos: Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de mayo de 2017, cursante de fs. 276 a 278 vta., Katty Loretta Viricochea Ríos formula recurso de casación impugnando el Auto de Vista 16/2017 de 16 de marzo de fs. 249 a 253 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Jaime Renán López Azurduy contra la recurrente por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Injuria y Propalación de Ofensas, previstos y sancionados por los arts. 282, 283, 285 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 658/2017-RA
Sucre, 31 de agosto de 2017
Expediente: La Paz 51/2017
Parte Acusadora: Jaime Renán López Azurduy
Parte Imputada: Katty Loretta Viricochea Ríos
Delitos: Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de mayo de 2017, cursante de fs. 276 a 278 vta., Katty Loretta Viricochea Ríos formula recurso de casación impugnando el Auto de Vista 16/2017 de 16 de marzo de fs. 249 a 253 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Jaime Renán López Azurduy contra la recurrente por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Injuria y Propalación de Ofensas, previstos y sancionados por los arts. 282, 283, 285 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 17 de mayo de 2017, cursante de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
- invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; pues
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
