POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 400 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 221 a 225 vta., interpuesto por Severina Villarroel Villarroel contra el Auto de Vista de fecha 11 de julio de 2014, cursante a fs. 202 y vta., pronunciado por el entonces Juzgado Segundo de Partido y de Sentencia de Montero
- Partes: Francisco Tórrez Reyes c/ Severina Villarroel Villarroel
- Proceso: Reconocimiento de unión conyugal libre o de hecho
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
