Auto Supremo AS/0667/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0667/2017-RA

Fecha: 04-Sep-2017

Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 5/2007 de 26 de enero, 199/2013 de 11


2)Denuncia incongruencia omisiva en el Auto de Vista (ultra petita); afirmando que el Tribunal de alzada, lejos de dar respuesta a los agravios fundamentados y expuestos por el apelante, procedió a considerar aspectos que no fueron denunciados, tal es el caso del primer agravio denunciado por el apelante que recayó en la errónea aplicación de la ley adjetiva penal, empero el Tribunal de alzada lo identificó como errónea aplicación de la ley sustantiva en base al art. 370 inc. 1) del CPP, y contrario a sus atribuciones limitadas por el art. 398 del mismo cuerpo legal, emitió una resolución de forma ultra petita, sin tomar en cuenta que los defectos procesales y los defectos de aplicación de normas sustantivas son diferentes y no pueden confundirse.

Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 5/2007 de 26 de enero, 199/2013 de 11 de julio, en los cuales, a decir del recurrente, en un supuesto análogo con problemática similar, se puede verificar que el pronunciarse sobre los defectos no reclamados constituye defecto absoluto no susceptible de convalidación, puesto que el juez debió regirse al cumplimiento del art. 398 del CPP