Auto Supremo AS/0693/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0693/2017-RA

Fecha: 08-Sep-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 04/2013 de 1 de abril (fs. 273 a 283), el Tribunal Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a José Acosta Equez, autor y culpable de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley 1008, imponiendo la pena de ocho años de presidio, más multa de Bs. 2.500.- (dos mil quinientos), correspondiente a quinientos días multa a razón de Bs. 5 por día, con costas a favor del Estado, calificadas en la suma de Bs. 500.- (quinientos bolivianos).

b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado José Acosta Equez (fs. 285 a 286 y de 289 a 291), interpuso recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 01 de 7 de febrero del 2017, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes el recurso de apelación y el incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso.

c)Por diligencia de 20 de abril del 2017 (fs. 319), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 26 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad