De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 12/2014 de 27 de agosto (fs. 249 a 260), el Tribunal Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Rosmery Valencia Rodríguez, absuelta de culpa y pena de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto por el art. 55 de la Ley 1008, ordenando la cesación de toda medida cautelar de carácter personal o real impuesta en su contra.
b)Contra la mencionada Sentencia, la imputada Rosmery Valencia Rodríguez (fs. 263 a 264 vta.) y el Ministerio Público (fs. 267 a 268), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 08 de 30 de marzo del 2016, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró procedente el recurso del Ministerio Público y revocó la Sentencia absolutoria, aplicando el art. 365 del Código de Procedimiento Penal (CPP), declaró a Rosmery Valencia Rodríguez, autora y culpable de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley 1008, imponiendo la pena de ocho años de presidio, más trescientos días multa a razón de Bs. 1.- por día, con costas, siendo admisible e improcedente su recurso de apelación.
c)Por diligencia de 18 de abril del 2017 (fs. 287), fue notificada la recurrente, con el referido Auto de Vista; y, el 25 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 25 de abril del 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- función nomofiláctica, tiene como función que el Tribunal Supremo de Justicia desarrolle la tarea de
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la recurrente
- Cabe hacer notar que el Auto Supremo “151 de fecha 0965/2006 de fecha 2 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
