Auto Supremo AS/0739/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0739/2017-RA

Fecha: 25-Sep-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 739/2017-RA
Sucre, 25 de septiembre de 2017

Expediente: Potosí 35/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Epifanio Vargas Quispe y otra
Delito: Lesiones Graves y Leves

RESULTANDO

Por memorial presentado el 7 de julio de 2017, cursante de fs. 429 a 434 vta., Serapio Vargas Quispe interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 20/17 de 2 de junio de 2017, de fs. 418 a 423, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Epifanio Vargas Quispe y Emiliana Isla Coyo de Vargas, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 11/2016 de 19 de agosto (fs. 352 a 359), el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Epifanio Vargas Quispe, autor de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, concediendo el beneficio del perdón judicial, siendo absuelta Emiliana Isla Coyo de Vargas del delito endilgado en su contra, ambos fueron sancionados con el pago de costas, daños y perjuicios en favor de la víctima