En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros y precisos la supuesta contradicción entre los argumentos del Auto de Vista y los contenidos en el precedente contradictorio que invocó, aspecto no considerado por el recurrente, pues simplemente se limitó a señalar que el Tribunal de apelación no hubiera fundamentado y menos motivado su resolución al resolver los agravios expuesto en su recurso de apelación restringida en la que denunció la existencia de dos defectos absolutos de la Sentencia, consistentes en la no valoración adecuada de la prueba para la imposición de la pena y el análisis de agravantes o atenuantes en el momento de imponer la pena; sin embargo, como se dijo antes, de la lectura del recurso planteado permite advertir que el recurrente se limita a transcribir los mismos fundamentos de su recurso de apelación restringida más no así cuales los argumentos del Auto de Vista que serían contrarios a los precedentes contradictorios, no siendo suficiente señalar que la resolución impugnada no fue debidamente fundamentada o hacer una pequeña cita de esta. Asimismo, también se extraña que en el recurso la parte recurrente se limita a efectuar una pequeña cita o en su caso transcripción de parte de dichas resoluciones, sin precisar la contradicción que se pretende sea resuelta, siempre con relación al Auto de Vista impugnado y no con relación a los argumentos expuestos contra la Sentencia
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
