Con relación al único motivo, en el que la recurrente señala que el Auto de
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Conforme a lo normado en el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, verificándose en el presente caso que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista el 11 de julio de 2017, interponiendo su recurso de casación el 18 del mismo mes y año, extremo que evidencia que dicho medio de impugnación se planteó dentro del plazo legal; por lo tanto, corresponde verificar a continuación el cumplimiento de los demás requisitos.
Con relación al único motivo, en el que la recurrente señala que el Auto de Vista incurrió en contradicción de los precedentes invocados debido a que cambió la situación jurídica del imputado de absuelto a condenado, aspecto que va en contra de la reforma en perjuicio, aspecto que genera defectos absolutos insubsanables, así como la vulneración de su derecho de acceso a la justicia, al debido proceso y el principio de inmediación
- Por memorial presentado el 18 de julio de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 11 de julio de 2017 (fs
- II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- la de sentar y uniformar jurisprudencia, resultando en el caso particular de las Salas Penales,
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación al único motivo, en el que la recurrente señala que el Auto de
- septiembre, los mismos que de manera uniforme establecen que el Tribunal de alzada se encuentra
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
