Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0989/2017
Fecha: 19-Sep-2017
Expediente: LP-89-17-Com
Expediente: LP-89-17-Com
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Departamental de Justicia
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Expediente: LP-89-17-Com
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Distrito: La Paz
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I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
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Contra la referida resolución José Pocohuanca Quispe interpuso recurso de casación en el fondo de
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Por memorial de fs
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Aduce una errónea aplicación del art
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Así también alega que el presente proceso está sujeto a la regla de la
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Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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III.2.- De la ultractividad de la norma procesal
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Ahora si bien la misma en doctrina resulta aplicable, empero, su aplicabilidad no es de
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Sobre el primer punto en lo que concierne en analizar desde el enfoque constitucional, debido
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Ahora en cuanto al segundo, es decir analizar si la norma de cual se pretende
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Y por último, la Ley derogatoria en ciertos casos es la que establece expresamente que
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III
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Primacía constitucional, desarrollada en relación a la aplicación preferente que tiene la Constitución sobre todas
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En esta misma lógica la SCP 0140/2012 de 9 de mayo, razonó lo siguiente: “Desde
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Este nuevo modelo Social de Estado rompe con el anterior modelo de Estado liberal cuya
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Ahora bien, en este Estado Social, Constitucional de Derecho el rol que antes se le
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Corresponde aclarar que esta transformación no debe entenderse como una supresión del principio de legalidad,
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Esto quiere decir que, en el ámbito jurisdiccional, los Jueces ya no se constituyen en
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Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
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Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
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b
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Entonces bajo esa óptica del resguardo de derechos y garantías constitucionales corresponde la procedencia del
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Ingresando en lo que concierne a la viabilidad del recurso de casación en sí, del
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En consecuencia, se concluye que la decisión del Tribunal Ad quem de negar la consideración
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
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Regístrese, comuníquese y devuélvase.
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