VISTOS: El recurso de casación de fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 947 a 949 vta., interpuesto por Agustina Robles Checa y Adolfo Robles “Azurduy”, contra el Auto de Vista SCC II N° 324/2017 de fecha 06 de noviembre de 2017, cursante de fs. 937 a 938 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de acción negatoria y pago de daños y perjuicios seguido por Agustina Robles Checa, René Chávez Vargas, Clemente Contreras Ortega y otros contra Mario García Poppe, Mary Rojas de Aguilar, Oswaldo Torrico Alcoba y otros; el Auto de concesión del recurso de fecha 04 de enero de 2018 cursante a fs. 962; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
En base a los memoriales de demanda de fs. 231 a 238, 240 a 242 y 256 a 261, se inició el proceso de acción negatoria y pago de daños y perjuicios, los mismos que fueron contestados por la parte demandada por memorial de fs. 359 a 363 y vta., desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia N° 15/2017 de fecha 30 de enero de 2017 cursante de fs. 841 a 871 (solo anverso), donde el Juez Público Número 03 en Materia Civil y Comercial de la Ciudad de Sucre, declaró IMPROBADA la demanda principal, por tanto, sin lugar a ninguna de las pretensiones ahí contenidas; PROBADA la excepción de inexistencia en la demanda ordinaria de identificación del objeto de la Litis y consiguiente vulneración del derecho a la defensa; IMPROBADA la excepción de inexistencia de legitimidad activa de los demandantes para interponer acción negatoria; PROBADA la misma excepción respecto de Felicia Palenque Flores y Agustina Robles Checa; IMPROBADA la excepción de errónea interpretación y por ende fundamentación del art. 1455 del CC. Con costas, a excepción del declarado rebelde Ismael Guillén Iraola.
Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Agustina Robles Checa (co demandante) a través del memorial de fs. 875 a 876 y vta., la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca emitió el Auto de Vista SCC II N° 324/2017 de fecha 06 de noviembre de 2017 cursante de fs. 937 a 938 y vta., que CONFIRMA en forma total la Sentencia apelada, con costas y costos en ambas instancias
- Alcoba y otros
- Proceso: Acción negatoria y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En el marco de lo preceptuado en el art
- De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
