Así, en el caso de examen se advierte que la entidad demandante, en lo principal
Así, en el caso de examen se advierte que la entidad demandante, en lo principal de su demanda, pretende la nulidad de la ejecución de las boletas de garantías; de manera que lo pretendido por la demanda principal guarda identidad con la pretensión de la medida cautelar impetrada, lo que resulta jurídicamente inadmisible
- CONSIDERANDO I: Que, Fránklin Efraín Arteaga Trillo en representación legal de la Empresa CONSTRUCTORA ARTEAGA
- CONSIDERANDO II: Que, conforme al art
- En ese marco, el trámite de las medidas precautorias debe sujetarse a las reglas contenidas
- En el caso presente, la entidad demandante, conforme se advierte del tenor de su escrito,
- Por otro lado, teniendo en cuenta que una medida cautelar constituye un medio procesal tendiente
- Así, en el caso de examen se advierte que la entidad demandante, en lo principal
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese y notifíquese.
