CONSIDERANDO I: Que, Fránklin Efraín Arteaga Trillo en representación legal de la Empresa CONSTRUCTORA ARTEAGA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 06
Sucre, 12 de enero de 2018
Expediente:352/2017
Demandante:Constructora Arteaga Sociedad De Responsabilidad Limitada CONARTE S.R.L
Demandado:Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos
Materia : Contencioso
Magistrado Tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: La solicitud de medidas precautorias de fs. 78, los antecedentes del proceso Contencioso Administrativo, y;
CONSIDERANDO I: Que, Fránklin Efraín Arteaga Trillo en representación legal de la Empresa CONSTRUCTORA ARTEAGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por memorial de fs. 78, como medida precautoria solicita se expida Orden Judicial dirigida al Banco Fortaleza S.A. instruyendo la suspensión del pago de las Boletas de Garantía N° 69583, 69584 y 69674
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 06
Sucre, 12 de enero de 2018
Expediente:352/2017
Demandante:Constructora Arteaga Sociedad De Responsabilidad Limitada CONARTE S.R.L
Demandado:Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos
Materia : Contencioso
Magistrado Tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: La solicitud de medidas precautorias de fs. 78, los antecedentes del proceso Contencioso Administrativo, y;
CONSIDERANDO I: Que, Fránklin Efraín Arteaga Trillo en representación legal de la Empresa CONSTRUCTORA ARTEAGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por memorial de fs. 78, como medida precautoria solicita se expida Orden Judicial dirigida al Banco Fortaleza S.A. instruyendo la suspensión del pago de las Boletas de Garantía N° 69583, 69584 y 69674
- CONSIDERANDO I: Que, Fránklin Efraín Arteaga Trillo en representación legal de la Empresa CONSTRUCTORA ARTEAGA
- CONSIDERANDO II: Que, conforme al art
- En ese marco, el trámite de las medidas precautorias debe sujetarse a las reglas contenidas
- En el caso presente, la entidad demandante, conforme se advierte del tenor de su escrito,
- Por otro lado, teniendo en cuenta que una medida cautelar constituye un medio procesal tendiente
- Así, en el caso de examen se advierte que la entidad demandante, en lo principal
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese y notifíquese.
