Auto Supremo AS/0017/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2018-RA

Fecha: 18-Ene-2018

Conforme a lo previsto en el art

CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena de la mencionada ley se aplicarán conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1.- Del plazo de presentación del recurso y de la admisibilidad de la resolución recurrible
Emitido el Auto de Vista de fs. 887 a fs. 889 vta., se notifica al recurrente en fecha 14 de noviembre de 2017 (fs. 890), habiendo presentado su recurso en fecha 28 de noviembre de 2017, esto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, recurso en el cual también se advierte que la recurrente identifica la resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la sentencia, el recurrente impugna la mencionada resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que confirmó la sentencia de fs. 856 a fs. 859 vta., recurre de casación, aspecto que resulta ser permisible, conforme al sistema de impugnación vertical