Auto Supremo AS/0341/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2018

Fecha: 23-Oct-2018

Concluyó solicitando se dicte resolución casando el auto de vista recurrido

Por otra parte señaló que la Ley N° 321, incorpora a la LGT, a las trabajadoras y los trabajadores asalariados y permanentes y no así a los eventuales o no permanentes, ya que en el caso presente, el actor no era personal asalariado ni permanente, sino sujeto a contrato eventual a plazo fijo de consultoría, sujeto a la los arts. 4 y 6 de la Ley N° 2027.
I.2.1 Petitorio
Concluyó solicitando se dicte resolución casando el auto de vista recurrido