Auto Supremo AS/0910/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0910/2018-RA

Fecha: 08-Oct-2018

El art


Finalmente, señalan el art. 180 II de la CPE, sosteniendo que se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales constituyéndose en una garantía judicial conforme los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y el art. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, debiéndose observar las condiciones conforme el art. 396 inc. 3) del CPP. Añaden también, que el acceso al recurso es un mandato positivo que obliga a interpretar la norma más favorable para la efectividad del derecho fundamental y que la irregularidad formal no puede convertirse en un obstáculo insubsanable debiendo existir la flexibilidad de las autoridades para el acceso a la justicia velando los principios de proporcionalidad y subsanación, en resguardo al art. 119 de la CPE.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP