Auto Supremo AS/0936/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0936/2018

Fecha: 01-Oct-2018

Con relación a que no hubiese sido desposeído o que nunca hubiera estado en posesión

Como único reclamo en el fondo controvierte la vulneración del art. 1453 del CC, porque la aludida norma dispone o impone como un requisito esencial de procedencia la perdida de la posesión, perdida que en el caso de autos no ha existido porque su posesión data del año 1989, es decir que mantiene su posesión por más de 27 años
Con relación a que no hubiese sido desposeído o que nunca hubiera estado en posesión del bien el demandante, si bien no existiría medios de prueba que denoten ese tópico, empero, conforme a lo esbozado en el punto III.2, en este tipo de casos no es primordial acreditar la desposesión o haber estado en posesión, debido a que el derecho propietario, por su naturaleza, conlleva la "posesión" emergente -del derecho mismo, consiguientemente no es necesario estar en posesión corporal o natural del bien, habida cuenta que tiene la "posesión Civil" que está integrada en sus elementos "corpus y ánimus", quedando claro, que la acción de restitución o devolución de la propiedad de un tercero es imprescriptible y puede ser aplicada en cualquier momento, por el propietario, por lo que a los efectos del fondo de la resolución este reclamo resulta irrelevante, porque el demandante con medios probatorios documentales visibles de fs. 1 a 5, demostró ser titular del bien en debate cuya titularidad no ha sido enervada, conforme ha determinado los de instancia criterio que es compartido por este Tribunal