De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 24/2016 de 4 de agosto (fs. 176 a 187 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Tomas Canaviri Solano, Cómplice de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 1), 2) y 3) con relación al art. 23 del CP, imponiendo la pena de quince años de presidio, con costas, daños y perjuicios al Estado y pago de la responsabilidad civil a favor del Estado y la víctima a calificarse en ejecución de sentencia.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Tomas Canaviri Solano formuló recurso de apelación restringida (fs. 194 a 212), resuelto por Auto de Vista 25/2017 de 22 de mayo (fs. 326 a 343 vta.), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 225/2018-RRC de 10 de abril (fs. 467 a 478 vta.); a cuyo efecto, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista 44/2018 de 27 de agosto, que declaró procedente el recurso planteado; en consecuencia, anuló totalmente la Sentencia apelada, disponiendo el reenvío de la causa al Tribunal siguiente.
Por diligencias de 10 de septiembre de 2018 (fs. 516 y 517), los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista impugnado; y, el 17 y 18 del mismo mes y año, interpusieron los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memoriales presentados el 17 y 18 de septiembre de 2018, Teodoro Anave Chambi, de
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- II.2. Del recurso de casación de José Luis Suarez Landívar
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV.1. Del recurso de casación de José Luis Suarez Landívar
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- Bajo ese contexto, conforme se precisó en el acápite III inc
- IV.2. Del recurso de casación de Teodoro Anave Chambi
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
