3. De la Legitimación procesal
3. De la Legitimación procesal:
De igual forma, se colige que los recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista REG/S.CII/ASEN.049 de fecha 01 de junio, cursante de fs. 186 a 192 vta.; estos gozan de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que María de los Ángeles Grossberger por memorial de fs. 139 a 141 vta. de obrados y Juan Arturo Abujder Eid y Ximena Bello de Abujder representados legalmente por Jorge Eduardo Salinas Águila por memorial de fs. 145 a 149 interpusieron oportunamente sus recursos de apelación contra la sentencia de primera instancia; en ese entendido, siendo que dichas impugnaciones dieron curso a que el tribunal de alzada emita auto de vista confirmatorio, se colige que la interposición del presente recurso de casación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación
De igual forma, se colige que los recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista REG/S.CII/ASEN.049 de fecha 01 de junio, cursante de fs. 186 a 192 vta.; estos gozan de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que María de los Ángeles Grossberger por memorial de fs. 139 a 141 vta. de obrados y Juan Arturo Abujder Eid y Ximena Bello de Abujder representados legalmente por Jorge Eduardo Salinas Águila por memorial de fs. 145 a 149 interpusieron oportunamente sus recursos de apelación contra la sentencia de primera instancia; en ese entendido, siendo que dichas impugnaciones dieron curso a que el tribunal de alzada emita auto de vista confirmatorio, se colige que la interposición del presente recurso de casación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación
- Ángeles Grossberger
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la Legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación interpuesto por María de los Ángeles Grossberger, se
- a)La inobservancia en la aplicación del art
- b)El error de hecho y de derecho en la valoración de las pruebas ya que
- Por todo lo expuesto, solicitan se dicte resolución casando el auto de vista parcialmente y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
