2.Del plazo de presentación del recurso de casación
2.Del plazo de presentación del recurso de casación:
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación de fs. 225, se observa que la parte demandante, ahora recurrente, fue notificada con dicha resolución en fecha 22 de agosto de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 05 de septiembre de 2018, tal cual se observa del cargo de recepción de fs. 228, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 396 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, es decir dentro de los 10 días hábiles
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación de fs. 225, se observa que la parte demandante, ahora recurrente, fue notificada con dicha resolución en fecha 22 de agosto de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 05 de septiembre de 2018, tal cual se observa del cargo de recepción de fs. 228, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 396 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, es decir dentro de los 10 días hábiles
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2
- 1
- CONSIDERANDO II
- 1.De la resolución impugnada
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3.De la Legitimación procesal
- 4.Del contenido del recurso de casación
- De esta manera, solicita se case el auto de vista y deliberando en el fondo
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- En consecuencia se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
