c)Asimismo, cuestionando los fundamentos expuestos en el Auto de Vista, acusa la vulneración del art
c)Asimismo, cuestionando los fundamentos expuestos en el Auto de Vista, acusa la vulneración del art. 265 de la Ley Nº 439, en razón a que no sería evidente que la apelación presentada no se circunscribiría a los puntos resueltos por el inferior, pues los agravios que acusó en dicha instancia serían claros, como el hecho de que la demandante no habría desvirtuado por ningún medio probatorio las pruebas que presentó el recurrente
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1.De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-69/2018 de fecha 16 de febrero que cursa
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución de alzada (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de
- 3.De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4.Del contenido del recurso de casación
- b)De igual forma acusa la vulneración del principio de verdad material, ya que la
- c)Asimismo, cuestionando los fundamentos expuestos en el Auto de Vista, acusa la vulneración del art
- En virtud a los citados reclamos, que entre otros, se encuentran inmersos en el recurso
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- Por lo expuesto, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
