Auto Supremo AS/0663/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0663/2018

Fecha: 26-Nov-2018

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En el análisis del caso, corresponde establecer si efectivamente existió una aplicación indebida y errónea del art. 119 de la CPE y una indebida e incorrecta aplicación de la Ley Nº 321 y el DS Nº 110; en merito a ello, se tiene lo siguiente:
1.- En relación a la supuesta violación del art. 119 de la CPE, denunciada por el recurrente por el cual se alega la vulneración del derecho a la igualdad y el derecho a la defensa por parte del Tribunal de alzada es necesario remarcar que la entidad pública recurrente, no señala el por qué o como, se estaría vulnerando este precepto constitucional, afirmando de manera general, que el Tribunal de apelación tiene la obligación de velar por la igualdad de las partes en el proceso y el derecho a la defensa, aplicando en forma imparcial este precepto constitucional