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Posteriormente, luego de presentar pruebas de descargo, el juzgado convocó a audiencia de conciliación para el 23 de marzo de 2011 y el 29 de agosto de 2011, se dicta Auto de Apertura de Juicio, celebrándose audiencia de juicio el 23 de enero de 2014, sin ningún incidente ni excepción, celebrándose la misma sin dilaciones hasta dictarse la Sentencia, la que es recurrida por ambas partes en apelación restringida, emitiéndose Auto de Vista que es recurrido en casación en julio de 2015, declarándose por Auto Supremo 554/2015-RA de 24 de agosto, inadmisible el recurso de casación, sobre el que se planteó acción de amparo constitucional, el cual otorgó tutela y revocó dicho Auto Supremo
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- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
