Regístrese, hágase saber y devuélvase
Si bien el recurrente cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004, 314 de 25 de agosto de 2006, 242 de 6 de julio de 2006, 14 de 26 de enero de 2006, 82 de 30 de enero de 2006, 349 de 28 de agosto de 2006, y 256 de 26 de julio de 2006, verificándose que evidentemente fueron mencionados a tiempo de la interposición de su recurso de apelación restringida; sin embargo, no se advierte el cumplimiento a la exigencia de establecer de manera precisa las contradicciones en que hubiera podido incurrir el Auto de Vista impugnado respecto de los precedentes jurisprudenciales invocados, inobservando los arts. 416 y 417 del CPP, omisión que no puede ser subsanada por este Alto Tribunal de Justicia y que imposibilita la labor de contraste, deviniendo el recurso de casación en inadmisible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Abel Germán Gutiérrez Rubín de Celis, de fs. 154 a 159.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 20 de septiembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Afirma que, en el párrafo tercero del fundamento 2 del Auto de Vista se advirtió
- Asimismo, refiere que el último fundamento del Auto de Vista no señala la prueba que
- Asimismo reclama que la madre de sus hijos le privaba las visitas a estos últimos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos, se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto a los motivos primero, segundo, tercero y cuarto, el recurrente cuestiona la fundamentación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
