De la revisión del recurso de casación, se observa que Marie Irene Poppe Santelices, en
De la revisión del recurso de casación, se observa que Marie Irene Poppe Santelices, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)Error in iudicando en el Auto de Vista, señalando que el Tribunal de Alzada no ha tomado en cuenta la incongruencia citra petita de la Sentencia de primer grado que incurre en violación del principio de congruencia reconocido por el art. 190 del CPC., ello debido a que el Juez de instancia se habría limitado a desestimar su acción reconvencional sobre usurpación quinquenal, sin realizar una fundamentación y/o motivación al respecto, vale decir, sin que se hayan expresado las razones determinativas que hayan impulsado a la autoridad judicial a rechazar dicha pretensión reconvencional
- Partes: Javier de la Riva Quiroga c/ Marie Irene Poppe Santelices y otros
- Proceso: Nulidad de documentos de transferencia y otros
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 1.De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista de 1 de junio de 2018, que cursa de
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3.De la legitimación procesal
- 4.Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Marie Irene Poppe Santelices, en
- En merito a lo expresado, solicita se disponga la nulidad de obrados hasta que se
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
