Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Así planteados los agravios por el recurrente, se concluye que en la forma, ha cumplido con la fundamentación exigida por los arts. 271-2) y 274-2) y 3) del Código Procesal Civil, por lo cual, es admisible.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 921 a 927 vta., presentado por Berardo Siñani Montalvo y Lilian Noemí Siñani Montalvo, impugnando el Auto de Vista Nº SCCI -0286/2018, pronunciado el 11 de octubre, por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 921 a 927 vta., presentado por Berardo Siñani Montalvo y Lilian Noemí Siñani Montalvo, impugnando el Auto de Vista Nº SCCI -0286/2018, pronunciado el 11 de octubre, por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Los recurrentes sustentan su recurso previamente exponiendo y haciendo referencia a ciertos principios y valores,
- Porque el mismo debió ser revocatorio y nunca confirmar la Sentencia, porque la demanda reconoce
- 2
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- 1
- Expresaron también existencia de error de hecho y derecho en la valoración de la prueba,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
