Auto Supremo AS/0727/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0727/2018

Fecha: 12-Dic-2018

En el marco del razonamiento anterior no resulta difícil concluir que el legislador ordinario omitió

En el marco del razonamiento anterior no resulta difícil concluir que el legislador ordinario omitió deliberadamente adobar la apelación con otras formalidades más que la exposición de agravios (art. 219 CPC), empero sin sancionar su incumplimiento (art. 229 CPC), a diferencia de la casación en el que se exigen determinados requisitos (art. 258 CPC) y se sanciona su incumplimiento (art. 260 y 272 CPC)…”