Auto Supremo AS/0738/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0738/2018

Fecha: 12-Dic-2018

En los antecedentes del proceso, de fs

En los antecedentes del proceso, de fs. 5, fs. 14 a 17 y de fs. 37, se evidencia que la demandante desempeñaba las funciones de “Ayudante Albañil” (sic) conforme consta en el certificado de trabajo (Dirección de Mantenimiento de Infraestructura Municipal del GAM-CBJ), desde el 18 de agosto de 2015, con un salario de Bs2.500.- (dos mil, quinientos 00/100 bolivianos), hasta la fecha de presentación de la demanda (16 meses, 12 días), por lo cual queda claro que la actora ingresó a trabajar en plena vigencia de la Ley de Municipalidades antes referida e incorporada al ámbito de aplicación de la Ley General de Trabajo, conforme dispone el art. 1 de la Ley Nº 321 de 18 de diciembre de 2012; en consecuencia, la actora gozaba de todos los derechos y beneficios sociales que reconoce la Ley General de Trabajo y disposiciones complementarias a su favor