Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de la
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 9 de 17 de enero de 2017 (fs. 130-135), declarando probada la demanda, condenando a la demandada pagar la suma de Bs. 35.338,90 (Treinta y cinco mil trescientos treinta y ocho 90/100 Bolivianos) a favor de Valeria Roxana Espíndola Mogro y Bs. 17.944,70 (Diez y siete mil novecientos cuarenta y cuatro 70/100 Bolivianos) a favor de David Angel Benitez Melendrez, por conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo, primas y sueldos devengados, más multa del 30%
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de la
- Contra el indicado Auto de Vista, Gabriela Elizabeth Bell Becerra, interpone recurso de casación, acusando
- Acusa incorrecta valoración sobre el Balance General de la empresa practicada al 31 de diciembre
- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Sobre éste particular, de la revisión del recurso de apelación y la resolución ahora impugnada,
- Sobre las primas anuales, señaló: “al haberse extrañado la constancia de presentación de dicho documento
- De lo anterior, aunque evidentemente de manera breve, el Tribunal de Apelación se pronunció sobre
- Por lo que el agravio traído en casación resulta infundado
- Asimismo, acusa incorrecta valoración de la prueba respeto a las causas de la desvinculación laboral
- Sobre las causas de la desvinculación laboral y el consiguiente pago del desahucio, la recurrente
- Sobre éste aspecto, tanto en primera instancia como en apelación, no sólo que se somete
- Ahora bien, de la revisión de la citada literal de fs
- En efecto, la actora, señala en su demanda que, dicho memorándum, le fue entregado recién
- De lo expuesto, éste Tribunal concluye que, el Tribunal de Apelación, al confirmar la Sentencia
- Sobre el pago de la prima anual y la literal de fs
- Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que el Tribunal de Apelación obró con
- Con costas
- Se regula honorarios del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
