Petitorio
Pero la ADA demandada, nunca sostuvo una relación laboral, con José Cordero Paz, y al tratarse de una demanda laboral, que tiene la pretensión jurídica plasmada en dicha pieza procesal, debe identificarse al actor o demandante, como señalan y establecen los arts. 54 y 117 inc. b) del CPT; pese a ello, a fs. 13, el decreto de admisión de la demanda, hace referencia a otra persona, a Jorge Cordero Paz, aspecto totalmente contradictorio, que violan y transgreden las disposiciones legales citadas; hecho que lleva a determinar que no existe congruencia entre la demanda y la admisión, aspecto que no fue corregido por el actor, ocasionando una nulidad de los actos procesales y jurisdiccionales que se vienen produciendo; aspecto que fue reclamado y no fue atendido, lo que no implicaría una preclusión.
Petitorio
Petitorio
- Demandado : La Agencia Despachante de Aduana Oriental S.R.L
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de pago de beneficios sociales por Jorge Cordero Paz,
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la ADA Oriental S
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la ADA Oriental S
- Petitorio
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- En el caso, además de cuestionar aspectos que debieron reclamarse en su oportunidad, mediante una
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
