Auto Supremo AS/0748/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0748/2018

Fecha: 13-Dic-2018

Regístrese, comuníquese y cúmplase.-

En mérito a lo expuesto y no encontrándose fundados los motivos traídos en casación por la parte demandada, corresponde dar aplicación al art. 220-II del CPC-2013, aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la ADA Oriental S.R.L., representada legalmente por Juan Delfín Quinteros Conde, de fs. 268 a 269; en consecuencia se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 75/17 de 13 de abril de 2017. Con costas.
No se regula el honorario profesional, al no haber sido respondido el recurso de casación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.-