POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 277-I y Disposición Transitoria Sexta ambos del CPC, declara IMPROCEDENTE el recurso cursante de fs. 220 a 221, interpuesto por Amalia Olmos Mejía, en consecuencia, se tiene por ejecutoriada el Auto de Vista N° 91 de 21 de septiembre de 2018, emitido por la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cursante a fs. 217
- I: DATOS DE LAS PARTES Y DEL PROCESO
- Demandante
- Tipo de Proceso : Beneficios
- II CONSIDERACIONESLEGALES
- Al presente, está en plena vigencia el Código Procesal Civil (CPC), que establece en
- En merito a ello, corresponde aplicar el art
- En aplicaci6n de la normativa citada, se
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- Por otra parte, los Recursos de “Casación en el fondo” y “Casación en la
- En el caso presente, a) en la suma del memorial consigna "INTERPONGO RECURSO DE APELACION
- Además, de todos estos errores percibidos en el presente escrito, se denota una total
- Por todo lo expuesto, se concluye que no se ha dado cumplimiento con los requisitos
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal
- Regístrese, notifíquese y cúmplase,
