En conocimiento de la determinación asumida por la Comisión de Reclamación, la beneficiaria interpuso recurso
En conocimiento de la determinación asumida por la Comisión de Reclamación, la beneficiaria interpuso recurso de apelación, de fs. 1182 a 189; que fue resuelto por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 003/2018 de 27 de enero de 2018, de fs. 200 a 203, confirmando en parta la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 509/17 de 05 de septiembre de 2017, en lo que respecta a la Suspensión definitiva de la Renta de Viudedad, y deja sin efecto con relación a la recuperación de los dineros cobrados por Carmen Velia Torrico Valencia dispuesta por la Resolución Nº 0002516 de 26 de julio de 2016
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de la Comisión de Reclamación
- Auto de Vista
- En conocimiento de la determinación asumida por la Comisión de Reclamación, la beneficiaria interpuso recurso
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por ello considera que se incurrió en violación del principio constitucional de seguridad jurídica, obviando
- Sin embargo, en el caso presente se realizó un análisis del art
- Petitorio
- Solicitó que se conceda el recurso de casación, para que este Tribunal, case en parte
- El recurso no fue respondido por la beneficiaria, pese a su legal notificación (fs. 215)
- Admisión
- Doctrina aplicable al caso en concreto
- Los arts
- Por consiguiente, interpretando estas normas se establece que procede el descuento de las rentas en
- Sin embargo, se debe considerar que ese cálculo de la prestación que se le otorgó,
- Fundamentación del caso en concreto
- Respecto a que se habría vulnerado los principios de seguridad, jurídica, o que se habría
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas ni costos en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
