Auto Supremo AS/0785/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0785/2018

Fecha: 20-Dic-2018

En el caso de autos, se tiene que el GAMC, en la contestación a la

En el caso de autos, se tiene que el GAMC, en la contestación a la demanda y en su recurso de casación interpuesto, reconoce que el demandante prestó trabajos personales en algunas gestiones en dicha entidad pública, como trabajador eventual; al respecto corresponde aplicar la definición que da el art. 5 de la Ley Nº 2027, definición que no incluye al demandante, tomando en cuenta que las funciones que él realizaba no eran ni de confianza, ni de asesoramiento técnico especializado, para un funcionario electo o designado; afirmación realizada previa revisión de los memorándums y boletas de pago cursantes de fs. 1 a 8 de obrados, en donde se detalla que el actor cumplía cargos de fiscalización y elaboración de proyectos, con contratos administrativos de personal eventual y de trabajo individual a plazo fijo cursantes de fs. 17 a 23, donde no se establece la calidad de personal de confianza y el trabajo de asesoramiento técnico especializado