Por memorial presentado el 17 de julio de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 1059/2018-RA
Sucre, 21 de diciembre de 2018
Expediente: La Paz 124/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Alberto Sánchez Siñani
Delitos : Estelionato y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de julio de 2018, cursante de fs. 719 a 720 vta., Alberto Sánchez Siñani, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 64/2018 de 26 de junio, de fs. 714 a 716, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Juan Mario Siñani Quisberth representado legalmente por Juan José Siñani Quiroga contra el recurrente por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Uso de Instrumento Falsificado y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 198, 203 y 335 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 1059/2018-RA
Sucre, 21 de diciembre de 2018
Expediente: La Paz 124/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Alberto Sánchez Siñani
Delitos : Estelionato y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de julio de 2018, cursante de fs. 719 a 720 vta., Alberto Sánchez Siñani, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 64/2018 de 26 de junio, de fs. 714 a 716, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Juan Mario Siñani Quisberth representado legalmente por Juan José Siñani Quiroga contra el recurrente por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Uso de Instrumento Falsificado y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 198, 203 y 335 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 17 de julio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia y su Auto complementario, el imputado Alberto Sánchez Siñani interpuso recurso
- II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El derecho de impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En relación al recurso de casación el recurrente aduce que se debe ejercer la valoración
- Como se ha establecido en el apartado III in fine de la presente resolución, en
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
