Por diligencia de 8 de octubre de 2018 (fs
Por diligencia de 8 de octubre de 2018 (fs. 1185), fue notificado el recurrente con el Auto Complementario de 21 de septiembre de 2018; y, el 10 de octubre del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 10 de octubre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el acusador particular Guillermo Málaga Pereira (fs
- Por diligencia de 8 de octubre de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 119 de 8 de marzo de 2003, 312
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
