De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista Nº S-357/2018 de fecha 29 de junio; ésta goza de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que de la revisión de obrados se advierte que por memorial que cursa de fs. 163 a 164 vta. interpuso oportunamente recuro de apelación contra la sentencia de primera instancia, impugnación que al haber merecido la emisión de un Auto de Vista confirmatorio, se colige que la interposición del presente recurso de casación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical como a lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-357/2018 de fecha 29 de junio que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución de alzada (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a)Que el Tribunal de Alzada no habría considerado ni resuelto los vicios de nulidad ni
- b)Refiere que no habrían sido valoradas las pruebas que demuestran el agravio económico que habría
- c)Que el Tribunal de Alzada sin fundamento legal habría ratificado la sentencia de primera instancia,
- En virtud a los citados reclamos, que entre otros, se encuentran inmersos en el recurso
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- Por lo expuesto, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
