Señaló también, que el art
Señaló también, que el art. 180.II de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo establecido por el art. 250 de la Ley 439, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y hace viable la interposición del recurso de casación que ilegalmente se le negó por el Tribunal Ad quem
- Partes: Sandra Ortiz de Hanai y Katsuo Hanai c/ Derechos Reales
- Expediente: SC-153-18-Com
- CONSIDERANDO I
- En mérito a la resolución de segunda instancia, Sandra Ortiz de Hanai presentó el recurso
- CONSIDERANDO II
- Señaló también, que el art
- CONSIDERANDO III
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- El art
- Se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia del recurso de casación
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- Valga aclarar que lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que el
- Existen ciertos casos en los cuales pese a ser una resolución de carácter definitivo (auto
- Por lo que, realizando el cotejo de la doctrina aplicable (III
- CONSIDERANDO IV
- En primer lugar, se debe tener en cuenta que la causa que ha motivado el
- En consecuencia, se concluye que el Tribunal de Alzada al haber rechazado el recurso de
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
