CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
DEL CARÁCTER VINCULANTE Y DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LAS SENTENCIAS CONSTITUCIONALES
Sobre el tema a través del Auto Supremo Nº 1007/2016 de fecha 24 de agosto, se ha señalado en sentido que: “Nuestra Constitución Política del Estado, establece la obligatoriedad de las Sentencias Constitucionales, en su art. 203, señala: “Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno”
DEL CARÁCTER VINCULANTE Y DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LAS SENTENCIAS CONSTITUCIONALES
Sobre el tema a través del Auto Supremo Nº 1007/2016 de fecha 24 de agosto, se ha señalado en sentido que: “Nuestra Constitución Política del Estado, establece la obligatoriedad de las Sentencias Constitucionales, en su art. 203, señala: “Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno”
- Partes: Miguel Humberto Tarazona Gómez c/ Ana Rosa Davezies Ávalos
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 3
- 4
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- CONSIDERANDO II
- A su vez, el art
- En mérito a lo anterior, el art
- En consonancia con tales disposiciones legales la línea Jurisprudencial del Tribunal Constitucional Plurinacional con relación
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Magistrado Marco Ernesto Jaimes Molina.
