Auto Supremo AS/0022/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2018

Fecha: 08-Feb-2018

Ahora bien, la entidad recurrente acusó error en la “valoración” de la Circular PE-M-0767/2012 de

Ahora bien, la entidad recurrente acusó error en la “valoración” de la Circular PE-M-0767/2012 de 4 de diciembre, sin tener en cuenta que el Tribunal Ad quem no hizo aplicación de la misma toda vez que dicha resolución dispone el descuento directo por exceso de llamadas en las líneas telefónicas asignadas a cada sector, y que se realizará a las cuentas personales de los responsables que hayan incurrido en esta falta sin derecho a reclamo; es decir que esta circular al igual que la Circular DAA-223/2010 de 29 de abril establece las recomendaciones respecto al uso de las líneas telefónicas, con la diferencia que de manera arbitraria pretende imponer una sanción directa y sin reclamo alguno, hecho que no corresponde toda vez COMIBOL no puede vulnerar derechos de los trabajadores, bajo el argumento de su potestad como entidad pública