Contra el auto de vista la parte demandada formuló recurso de casación, en el que
Auto de Vista
En grado de apelación deducido por el demandado de fs. 163 a 164, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 115/2016 de 18 de julio, que confirmó la Sentencia apelada.
Argumentos del recurso de casación
Contra el auto de vista la parte demandada formuló recurso de casación, en el que acusó:
Que el tribunal ad quem incurrió en errónea valoración de la Circular PE-M-0767/2012 de 4 de diciembre de 2012, al señalar que: “ … la supuesta infracción es una determinación interna de orden administrativo, y no justifica la sanción impuesta, más aun cuando la entidad demandada tiene plena facultad de iniciar las acciones legales correspondientes a efectos de determinar la responsabilidad del actor…”, argumentos que la entidad recurrente considera insuficiente para fundamentar su resolución, por lo que se vulneró su derecho al debido proceso y la norma procesal
En grado de apelación deducido por el demandado de fs. 163 a 164, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 115/2016 de 18 de julio, que confirmó la Sentencia apelada.
Argumentos del recurso de casación
Contra el auto de vista la parte demandada formuló recurso de casación, en el que acusó:
Que el tribunal ad quem incurrió en errónea valoración de la Circular PE-M-0767/2012 de 4 de diciembre de 2012, al señalar que: “ … la supuesta infracción es una determinación interna de orden administrativo, y no justifica la sanción impuesta, más aun cuando la entidad demandada tiene plena facultad de iniciar las acciones legales correspondientes a efectos de determinar la responsabilidad del actor…”, argumentos que la entidad recurrente considera insuficiente para fundamentar su resolución, por lo que se vulneró su derecho al debido proceso y la norma procesal
- El recurso de casación de fs
- Contra el auto de vista la parte demandada formuló recurso de casación, en el que
- Por otra parte indica que con la determinación del tribunal ad quem se desconoce la
- De los antecedentes del proceso, se tiene que la sentencia confirmada por auto de vista,
- Ahora bien, la entidad recurrente acusó error en la “valoración” de la Circular PE-M-0767/2012 de
- III
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
