Por memorial presentado el 19 de diciembre de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 028/2018-RA
Sucre, 01 de febrero de 2018
Expediente: Oruro 1/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Jorge Daniel Crispín Quiñones
Delito : Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de diciembre de 2017, cursante de fs. 121 a 124, Jorge Daniel Crispín Quiñones, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 46/2017 de 1 de diciembre, de fs. 102 a 106 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Verónica Norma Flores Delgado contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 028/2018-RA
Sucre, 01 de febrero de 2018
Expediente: Oruro 1/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Jorge Daniel Crispín Quiñones
Delito : Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de diciembre de 2017, cursante de fs. 121 a 124, Jorge Daniel Crispín Quiñones, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 46/2017 de 1 de diciembre, de fs. 102 a 106 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Verónica Norma Flores Delgado contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 19 de diciembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- Con relación a este motivo, y de la revisión de los precedentes contradictorios citados en
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
