POR TANTO
POR TANTO:
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el Art. 277.II y disposición transitoria Sexta, ambos del CPC, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 274 a 275 y ADMITE el recurso de casación en el fondo de fs. 278 a 281, disponiéndose la prosecución de la causa y en espera de turno para sorteo
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el Art. 277.II y disposición transitoria Sexta, ambos del CPC, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 274 a 275 y ADMITE el recurso de casación en el fondo de fs. 278 a 281, disponiéndose la prosecución de la causa y en espera de turno para sorteo
- VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs
- En mérito a ello corresponde aplicar el art
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- Debe tenerse en cuenta que, en razón a la naturaleza del instituto, el tribunal de
- En ese marco el art
- En el marco de lo anterior y con la finalidad de precisamente permitir al tribunal
- En la línea de lo expuesto y las normas citadas, no resulta difícil concluir que
- Así entonces y teniendo en cuenta que es el cumplimiento de los requisitos de procedencia
- En efecto, el Art
- Consiguientemente, con base en lo expuesto, corresponderá declararse IMPROCEDENTE el presente recurso
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- Por lo expuesto se consideran cumplidos los requisitos mínimos de admisibilidad exigidos por el art
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
