POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184-I de la CPE, 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial y art. 277-II y Disposición Transitoria Sexta ambos del CPC, declara IMPROCEDENTES los recursos de casación de fs. 151-152 vta., y 160-164, interpuestos por Roberto René Alarcón Loza, Gerente General de la Corporación del Seguro Social Militar “COSSMIL” y el demandante Hernán Wilfredo Molina Sánchez, contra el Auto de Vista Nº 73/2017 SSA-II de 02 de junio de fs. 147-149, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declarándose su ejecutoria, sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 y por ser ambas partes recurrentes
- En mérito a ello corresponde aplicar las normas de esta última disposición legal, en el
- En base a dichos antecedentes legales, se debe considerar que en aplicación del art
- b) Se debe citar en términos claros y precisos el Auto de Vista que se
- c) Se debe identificar con claridad, precisión la ley o leyes infringidas, violadas, o aplicadas
- Recurso de casación de fs
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- Se advierte que si bien cita algunas normas, empero no identifica de qué manera se
- Recurso de casación de fs. 160-164, interpuesto por el demandante Hernán Wilfredo Molina Sánchez
- Si bien cita algunas normas, empero no identifica de qué manera se habría incurrido en
- Por lo expuesto, considerándose incumplida la carga procesal determinada por el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
