Recurso de casación de fs. 160-164, interpuesto por el demandante Hernán Wilfredo Molina Sánchez
Recurso de casación de fs. 160-164, interpuesto por el demandante Hernán Wilfredo Molina Sánchez:
1.- El recurso, fue presentado ante el mismo tribunal que emitió la resolución de vista y dentro el plazo de ocho días, previsto por el art. 210 del CPT., es decir se notificó al recurrente con el Auto por el que se CONFIRMÓ la Sentencia, el 06 de noviembre de 2017 (fs. 154) y presentó el recurso objeto de análisis el 16 de noviembre del mismo año (fs. 160-164), cumpliendo el art. 274-I-1 del CPC
1.- El recurso, fue presentado ante el mismo tribunal que emitió la resolución de vista y dentro el plazo de ocho días, previsto por el art. 210 del CPT., es decir se notificó al recurrente con el Auto por el que se CONFIRMÓ la Sentencia, el 06 de noviembre de 2017 (fs. 154) y presentó el recurso objeto de análisis el 16 de noviembre del mismo año (fs. 160-164), cumpliendo el art. 274-I-1 del CPC
- En mérito a ello corresponde aplicar las normas de esta última disposición legal, en el
- En base a dichos antecedentes legales, se debe considerar que en aplicación del art
- b) Se debe citar en términos claros y precisos el Auto de Vista que se
- c) Se debe identificar con claridad, precisión la ley o leyes infringidas, violadas, o aplicadas
- Recurso de casación de fs
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- Se advierte que si bien cita algunas normas, empero no identifica de qué manera se
- Recurso de casación de fs. 160-164, interpuesto por el demandante Hernán Wilfredo Molina Sánchez
- Si bien cita algunas normas, empero no identifica de qué manera se habría incurrido en
- Por lo expuesto, considerándose incumplida la carga procesal determinada por el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
