POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 574 a 593 y vta., interpuesto por Aida Palacios Roca, contra el Auto de Vista Nº 459/2017 de fecha 08 de noviembre, cursante de fs. 567 a 568, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Partes: Nathalie de la Maza Larach c/Aida Palacios Roca
- y
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- Asimismo, el Juez de la causa, ante la solicitud de complementación y aclaración interpuesta por
- Resoluciones de primera instancia que al haber sido recurridas en apelación por Aida Palacios Roca
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Aida Palacios Roca (memorial de
- CONSIDERANDO II
- En el marco de lo preceptuado en el art
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
