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    Auto Supremo AS/0057/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0057/2018-RA

    Fecha: 14-Feb-2018

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    • Por memorial presentado el 13 de septiembre de 2017, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Erland Rea Céspedes interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • c)Por diligencia de 6 de septiembre de 2017 (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
    • Añade que la valoración negativa de las palabras utilizadas por la menor para referirse al
    • Enunciando el “Considerando III” (sic), indica el recurrente que en la calificación de insuficiencia y
    • Con el rótulo de “indebida y errónea apreciación de la prueba testifical” (sic) y describiendo
    • Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 373 de 6 de septiembre de 2016, 410
    • Reclama que en la conclusión del Tribunal de apelación sobre la vulneración de la sana
    • Denuncia la inobservancia de las normas de deliberación y redacción de la Sentencia, pues la
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • En casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación incurrió en falta de fundamentación
    • De ahí en más, la Sala identifica dos falencias que la pretensión casacional posee, que
    • Referir que si bien se aduce que la acción impugnaticia se opone al Auto de
    • Finalmente la Sala Penal, deja sentado que el recurso de casación no es más que
    • Orientar la apertura de competencia casacional, a partir de la inducción, deducción o suposición de
    • Por lo expuesto, siendo el recurso manifiestamente defectuoso, no cumple los requisitos mínimos necesarios exigidos
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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